TEMA 3: CONTENIDO DIGITAL, EVALUACIÓN DE INFORMACIÓN Y LICENCIAS

 Motivación

El futuro profesor, debe ser capaz no sólo de encontrar contenido digital y almacenarlo en la nube,  evaluarlo, y filtrarlo se llama “curación de contenidos”.

 El buen uso de recursos digitales, materiales didácticos, contenidos audiovisuales y documentación facilita la comprensión de los contenidos, se motiva a los alumnos, permitir ampliar los conocimientos en diversas áreas. 

Detrás de esos contenidos hay un esfuerzo realizado por una persona u organizaciones, merecen reconocimiento. Implica respeto y saber ajustarse a las normas legales que definen los derechos de los autores y el uso de licencias.


Objetivos docentes

A nivel conceptual

  • Reconocer los recursos digitales, materiales didácticos, contenidos audiovisuales y la información en diversos formatos que tienen licencias de uso. 
  • Identificar los diferentes tipos de licencias asociadas a los recursos digitales que recupera de Internet.
 A nivel procedimental:

  • Identificación y clasificación de los recursos digitales, de acuerdo a su licencia de uso. 
  • Elaboración de contenidos digitales para compartir con otros docentes, aplicando licencias de uso.

A nivel actitudinal

  • Reflexionar sobre la importancia de respetar la autoría de los diferentes recursos digitales.
  • Asume una actitud responsable a la hora de utilizar contenido recuperado de Internet. 
  • Muestra interés por generar contenido digital, siguiendo las normas de uso de licencias. 

Resultados de aprendizaje 

Una vez finalizada la formación y superadas las actividades del tema el alumno será capaz de: 
  • Curar contenido digital.
  • Identificar los diferentes tipos de licencias y su aplicación al contenido digital generado.
  • Ser consciente de la importancia de respetar la autoría de los recursos digitales disponibles en Internet. 
  • Saber aplicar licencias de uso al contenido digital de autoría propia

ALMACENAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE INFORMACIÓN EN LA NUBE 

1. Conceptos teóricos
  • CONTENIDO DIGITAL: cualquier forma de datos o información en forma digital (archivos electrónicos), en oposición a la forma física.
  • SOFTWARE: Equipamiento lógico de una computadora digital, y comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios para la realización de una tarea específica, en contraposición a los componentes físicos.

Tipos:

    •  Software libre: proporciona la libertad de compartir, estudiar y modificar el software. Se deben de cumplir 4 libertades:
      • Libertad de usar el programa, con cualquier propósito
      • Libertad de estudiar cómo funciona el programa y adaptarlo a tus necesidades
      • Libertad de distribuir copias, con lo que puedes ayudar 
      • Libertad de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras a los demás
    • Software propietario: cualquier programa informático en el que el usuario tiene limitaciones para usarlo, modificarlo o redistribuirlo, cuyo código fuente no está disponible o el acceso a éste se encuentra restringido por un acuerdo de licencia, o por tecnología anticopia. Su uso, redistribución o modificación está prohibida o requiere permiso expreso del titular del software. Los derechos de autor corresponden a una persona física o jurídica negando los derechos de usar el programa con cualquier propósito. No tienes acceso al código fuente y tampoco puedes modificarlo. Priman las prohibiciones. 

Fuente de referencia
Fuente de la que el profesor se puede fiar para usar en sus clases. Otros profesores de referencia, sitios web educativos, o aquellos portales educativos mantenidos por Comunidades Autónomas, Colegios o centros de referencia. El concepto clave es que no toda la información en Internet tiene la misma validez ya que todo el mundo puede escribir, incluso sin tener conocimiento de aquello que escribe, por eso los profesores a la hora de seleccionar el material para sus clases deben tener cuidado de filtrar. Importante citar la fuente de referencia. 

2. Propiedad intelectual y derechos de autor

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) define Propiedad Intelectual como "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección". Cualquier creación de la mente humana es parte de la propiedad intelectual. 
Una de las vertientes más destacadas son los derechos de autor. Conjunto de normas y principios que regulan los derechos de los autores por de crear una obra, esté publicada o sea inédita. 

Se distinguen los derechos morales: reconocimiento de la condición de autor de la obra o el reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones. 

Los derechos patrimoniales están relacionados con la explotación de la obra o prestación protegida. Estos derechos otorgan la capacidad de solicitar una compensación económica por los actos de explotación que se hagan sobre la obra. Estos derechos están asociados al Copyright que se representa a través del conocido símbolo © que se asocia a la idea de “todos los derechos reservados”. El Copyright cubre el derecho a copia, derecho a distribuir la copia, derecho a realizar modificaciones sobre la obra original y el derecho a la exposición pública. 

Diferencia entre:
  • Derechos de autor: reconoce al creador de la obra o el contenido. Solo pertenece al creador de la obra.
  • Copyright: asociado a los derechos de uso sobre la propia obra. Los autores pueden cederlo a otra persona. Centrado en los derechos económicos. 

Copyleft, utilizando el juego de palabras para identificar aquellos contenidos que proporcionan al usuario la posibilidad de utilizar, modificar y redistribuir el contenido o posibles modificaciones realizadas sobre el mismo, o las licencias Creative Commons, que permiten a los autores establecer los derechos asociados a sus contenidos. 

Creative Commons es una organización sin ánimo de lucro que se dedica a ofrecer de forma gratuita la posibilidad de otorgar permiso al público para compartir y usar su trabajo creativo bajo los términos y condiciones de su elección. Existen varios tipos de licencia Creative Commons con diferentes configuraciones para dotar a una obra de permisos de citación, reproducción, modificación o distribución.


3. Licencias sobre contenidos 

Hay seis tipos de licencias principales:
  • Reconocimiento CC BY: permite a otros distribuir, mezclar, ajustar y construir a partir de su obra, incluso con fines comerciales, siempre que le sea reconocida la autoría de la creación original. Licencia más servicial de las ofrecidas. Recomendada para una máxima difusión y utilización de los materiales sujetos a la licencia. 
  • Reconocimiento-Compartir Igual CC BY-SA: permite a otros re-mezclar, modificar y desarrollar sobre tu obra incluso para propósitos comerciales, siempre que te atribuyan el crédito y licencien sus nuevas obras bajo idénticos términos. Comparada con las licencias de "copyleft" y las de software "open source". Cualquier obra nueva basada en la tuya, lo será bajo la misma licencia, de modo que cualquier obra derivada permitirá también su uso comercial. Es la utilizada por Wikipedia. 
  • Reconocimiento-SinObraDerivada CC BY-ND: Permite la redistribución, comercial y no comercial, siempre y cuando la obra no se modifique y se transmita en su totalidad, reconociendo su autoría.
  • Reconocimiento-NoComercial CC BY-NC: Permite a otros entremezclar, ajustar y construir a partir de su obra con fines no comerciales, y aunque en sus nuevas creaciones deban reconocerle su autoría y no puedan ser utilizadas de manera comercial, no tienen que estar bajo una licencia con los mismos términos. 
  • Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual CC BY-NC-SA: Permite a otros entremezclar, ajustar y construir a partir de su obra con fines no comerciales, siempre y cuando le reconozcan la autoría y sus nuevas creaciones estén bajo una licencia con los mismos términos.
  • Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada CC BY-NC-ND: la más restrictiva. Sólo permite que otros puedan descargar las obras y compartirlas con otras personas, siempre que se reconozca su autoría, pero no se pueden cambiar de ninguna manera ni se pueden utilizar comercialmente
Creative Commons son las más usadas para contenidos, y pueden agruparse en cuatro módulos de condiciones:
  • Atribución (BY): permite copiar, reproducir, distribuir, modificar y hacer uso comercial de la obra siempre y cuando se reconozca al autor original.
  • Compartir igual (SA): permite modificaciones sobre la obra, pero bajo la misma licencia o similar. 
  • No comercial (NC): obliga a que la obra no sea utilizada con fines comerciales. 
  • No derivadas (ND): no permite modificar la obra de ninguna forma.
La combinación de estos módulos da lugar a seis licencias Creative Commons:
  • Reconocimiento (CC BY). 
  • Reconocimiento - Sin obra derivada (CC BY-ND). 
  • Reconocimiento - Sin obra derivada - No comercial (CC BY-ND-NC). 
  • Reconocimiento - No comercial (CC BY-NC). 
  • Reconocimiento - No comercial - Compartir igual (CC BY-NC-SA). 
  • Reconocimiento - Compartir igual (CC BY-SA).

4. Licencias software

Hay licencias software, que son una especie de contrato, en donde se especifican todas las normas y cláusulas que rigen el uso de un determinado programa, se estipulan los alcances de uso, instalación, reproducción y copia de estos productos. 

En el momento en que se decide descargar, instalar, copiar o utilizar un determinado software, implica que se aceptan las condiciones que se estipulan en la licencia que trae ese programa, se necesita la autorización que permite el uso legal de un determinado programa. La licencia es un documento bien sea electrónico, en papel original o número de serie autorizado por el autor.

Se pueden agrupar según varios criterios:

  • Criterio 1: gratis/evaluación 
    • Gratis (Freeware): Se obtienen de manera gratuita, por tiempo ilimitado. No autoriza al usuario, la venta, modificación o acceso al código fuente. No es Software Libre. Ejemplos: Skype, Navegador Opera, etc. 
    • Evaluación (Shareware): Se obtienen de manera gratuita, tiempo limitado. Dicha limitación puede ser operativas o temporales. Son de evaluación, lo que implica que después de cierto tiempo o utilidad, el usuario debe pagar por la licencia para poder utilizar el software sin restricciones. Ejemplos: Antivirus, etc.
  • Criterio 2: cerrada/abierta 
    • Licencia cerrada Software que implica el pago previo para la obtención de la licencia de uso. Este tipo de licencias tienes ciertos elementos particulares: Prohibición de reproducción no autorizada. Limitación de acceso al código fuente. Limitaciones numéricas en cuanto a los equipos a utilizar. Este tipo de software es también conocido como software propietario. 
    • Licencia abierta Son todos aquellos programas adquiridos de manera gratuita, cuya licencia contempla las 4 libertades del Software Libre. El movimiento GNU FSF inventa el término copyleft: se permite la libre distribución y copia de un software exigiendo que se preserven los derechos de la licencia en modificaciones posteriores del código. 



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